Boletín 02 12. Agosto 2012 Federación vizcaína de empresas del metal
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FVEM lamenta la falta de acuerdo para el convenio del metal de Bizkaia


El próximo 8 de julio desaparecerá el Convenio Colectivo del Metal de Bizkaia si antes no se logra un acuerdo entre las partes, en aplicación de la nueva regulación laboral, que limita la ultractividad de los convenios.

FVEM lamenta el estancamiento de las negociaciones y reitera su apuesta decidida, firme e inequívoca para mantener la figura del convenio colectivo provincial, ya que constituye una referencia para las empresas, al regular homogéneamente las relaciones laborales.

Al tiempo, FVEM denuncia la postura de los sindicatos, porque pretenden llevar a cabo una “contrarreforma laboral” en esta negociación, con planteamientos inasumibles que, a menudo, se sitúan fuera de la legalidad.

Los principales desacuerdos en la negociación se centran en los siguientes puntos:

 

  • Ultractividad de los convenios

Hasta febrero de 2012, los convenios colectivos podían ser prorrogados indefinidamente, en tanto no se firmase un nuevo convenio. Actualmente la ultractividad se limita a un año y el convenio pierde toda vigencia si no hay un nuevo acuerdo.  Los sindicatos plantean un desacato a esta medida y exigen el mantenimiento indefinido de la ultractividad. FVEM considera que el plazo de un año es un tiempo suficiente para negociar un nuevo convenio.

 

  • Inaplicación del convenio

La legislación laboral establece que las empresas pueden dejar de aplicar temporalmente un convenio, siempre que existan causas económicas, productivas, técnicas u organizativas cuya gravedad lo justifique y haya acuerdo entre las partes. Si no se produce, interviene el PRECO, que sólo emite un arbitraje obligatorio si lo autorizan las partes. Esta exigencia otorga, de facto, la capacidad de bloqueo a la parte social.
Los sindicatos se oponen radicalmente a la existencia de un árbitro vinculante, en tanto que FVEM reivindica esta figura, tal y como establece la normativa legal para los casos en los que el PRECO no solucione el problema. En estos supuestos, debería resolverlo el organismo autonómico vasco equivalente a la Comisión Consultiva Nacional de Convenios Colectivos, aunque se trata de un órgano que no existe y cuya creación ha demandado reiteradamente FVEM.

 

  • Prioridad del convenio de empresa

El Estatuto de los Trabajadores establece que los convenios de empresa tienen prioridad sobre los sectoriales, de modo que una empresa puede pactar sus propias condiciones, diferentes a las del convenio sectorial.

En este capítulo, los sindicatos exigen que el Convenio del Metal sea considerado de mínimos, de modo que ninguna empresa pueda negociar una rebaja de las condiciones pactadas en aquel.


FVEM recuerda que hay sentencias que declaran ilegal este aspecto y defiende el derecho que asiste a las empresas para alcanzar un acuerdo con sus trabajadores en función de su situación particular.

 

  • Flexibilidad en la distribución del tiempo de trabajo

El Estatuto de los Trabajadores establece que la empresa puede distribuir irregularmente la jornada anual de trabajo, según el porcentaje que establezca el convenio colectivo; si el convenio no dice nada al respecto, el porcentaje será del 10%.
La negociación actual recoge un bolsín de horas de trabajo –muy alejado de ese 10%- para aumentar o disminuir la jornada diaria, según las necesidades de producción. Sin embargo, los sindicatos se niegan a cualquier incremento de las horas de distribución irregular de la jornada y plantean incluso la supresión de las existentes.
FVEM desea mantener la flexibilidad establecida en el convenio, ampliándola hasta un máximo de 170 horas por trabajador y año, y en el caso de situaciones excepcionales, imprevistas o sobrevenidas, que la empresa pueda distribuir irregularmente la jornada con un tope adicional de 80 horas al año.

 

  • Congelación salarial

Los sindicatos proponen fuertes incrementos salariales, que llegan incluso a 2 puntos por encima del IPC por cada año de vigencia del nuevo convenio. FVEM considera un despropósito este planteamiento en la presente situación económica y recuerda que ya se han aplicado incrementos salariales por encima del IPC en los años 2008, 2009, 2010 y 2011, en cumplimiento de lo pactado cuando no se preveía la magnitud de la crisis que venía.

FVEM considera que no procede vincular los incrementos salariales con el avance del IPC, ya que no guarda relación con la evolución de las ventas y de la producción de las empresas.

FVEM apuesta por el mantenimiento del empleo, para lo que es preciso contener los salarios en esta negociación, cuyo aumento sólo podría plantearse en el caso de que se incrementara la jornada anual de trabajo